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Foto del escritorDaniel Jiménez

Cannabidiol en Europa: Una Nueva Regulación en el Horizonte

Actualizado: 30 sept

La Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) publicó una propuesta clave para la industria cosmética en Europa: la clasificación del Cannabidiol (CBD) como sustancia CMR Reprotóxica. Esta propuesta, impulsada por Francia, busca incluir al CBD dentro de las sustancias químicas sujetas a una regulación estricta por sus potenciales efectos sobre la reproducción humana.





¿Qué es el Cannabidiol?

El Cannabidiol (CBD), identificado por su número CAS 13956-29-1, es un compuesto no psicoactivo derivado del cannabis que ha ganado relevancia en los últimos años, sobre todo por sus beneficios terapéuticos en productos cosméticos. Se le atribuyen propiedades calmantes, antiinflamatorias y antioxidantes, lo que lo ha convertido en un ingrediente popular en productos como cremas, aceites y sérums.


Sin embargo, el uso del CBD en cosméticos europeos está rodeado de regulaciones estrictas. Según el Reglamento (CE) nº 1223/2009, el CBD solo puede utilizarse en cosméticos si:


  • Es de origen sintético.

  • Proviene de partes de la planta de cannabis que no se consideran estupefacientes, como las semillas y las hojas no adheridas a las sumidades floridas.


Además, el CBD no debe contener Tetrahidrocannabinol (THC), la sustancia psicoactiva presente en el cannabis, ya que está prohibida en cosméticos. No obstante, el reglamento permite la presencia de trazas de THC si son técnicamente inevitables, como lo estipula el artículo 17 del mencionado reglamento.


La Propuesta de Clasificación del CBD como CMR

En septiembre de 2023, Francia dio un paso adelante en la regulación del CBD al proponer su clasificación como una sustancia CMR Reprotóxica, es decir, como un químico que puede afectar negativamente la reproducción humana. Si esta clasificación es aprobada, el CBD entraría en la lista de sustancias prohibidas en productos cosméticos bajo las normas europeas, a menos que se otorgue una exención específica.


Este posible cambio ha generado preocupación en la industria cosmética, que ha visto en el CBD un ingrediente de gran valor debido a su amplia aceptación y sus múltiples aplicaciones beneficiosas.


Actualmente, el CBD no está regulado explícitamente en el Reglamento (CE) nº 1223/2009, salvo cuando se considera un estupefaciente, y tampoco está presente en el Anexo VI del Reglamento 1272/2008 (CLP), que regula la clasificación y etiquetado de sustancias peligrosas. Sin embargo, esta propuesta de clasificación podría marcar un cambio significativo en su uso futuro.


Impacto en la Industria Cosmética

Si el CBD es clasificado como una sustancia CMR, su uso en productos cosméticos sería prohibido en toda la Unión Europea, a menos que exista una exención. Esta regulación afectaría a un amplio número de productos que actualmente contienen CBD, obligando a los fabricantes a reformular sus productos o, en algunos casos, a retirarlos del mercado.


La consulta pública sobre la clasificación del CBD está en curso, lo que ofrece a los interesados, incluidas empresas y asociaciones industriales, la oportunidad de expresar sus preocupaciones y aportar información antes de que se adopte una decisión final.


Conclusión

La posible clasificación del Cannabidiol como sustancia CMR representa un desafío significativo para la industria cosmética europea. Mientras que el CBD ha sido un ingrediente estrella en numerosos productos debido a sus propiedades beneficiosas, esta nueva propuesta podría limitar su uso de manera drástica. Es esencial que las empresas permanezcan atentas al desarrollo de esta regulación y tomen las medidas necesarias para cumplir con las normativas que puedan surgir.


Conforme avance la consulta pública, y en espera de la decisión final de la ECHA y la Comisión Europea, la industria cosmética debe prepararse para posibles cambios en sus formulaciones y estrategias comerciales. Mantenerse actualizado y estar listo para adaptarse a las normativas emergentes es clave para asegurar el cumplimiento y la competitividad en el mercado europeo.


 

Referencias

  1. Reglamento (CE) nº 1223/2009 sobre productos cosméticos.

  2. Reglamento 1272/2008 (CLP) sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.

  3. Propuesta de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) para la clasificación del Cannabidiol.

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