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Foto del escritorDaniel Jiménez

Nuevo Decreto Nº 2023-837 y su lista de productos que no pueden venderse a granel


El Decreto nº 2023-837, publicado en el Diario Oficial de la República Francesa el pasado 31 de agosto, tiene como objetivo proteger la salud pública al establecer una lista de productos que no pueden ser vendidos a granel.

Sin embargo, en el caso específico de los productos cosméticos que requieren un Challenge Test, se establecen excepciones de acuerdo con la Decisión de Ejecución del 25 de noviembre de 2013, que establece directrices para la aplicación del Anexo I del Reglamento (CE) nº1223/2009 sobre productos cosméticos.


El término "venta a granel" en este contexto se refiere a la comercialización de productos sin embalaje al consumidor final. Bajo esta modalidad, los consumidores tienen la posibilidad de adquirir la cantidad deseada de productos, los cuales son entregados en contenedores reutilizables.


Para la venta a granel de estos productos cosméticos, se requerirá el uso de dos modalidades específicas.


- La primera modalidad es mediante un servicio asistido, en la cual un operador en el punto de venta empaqueta y entrega el producto de manera inmediata al consumidor.


- La segunda modalidad es a través de un sistema de distribución apto para autoservicio de venta a granel. Para considerarse adecuado, este sistema de distribución debe garantizar la preservación de la integridad del producto, cumplir con los requisitos de seguridad, higiene y conservación, así como cumplir con todas las exigencias de seguridad en los puntos de venta.


Cabe destacar que este decreto tiene un alcance más amplio que abarca diversos productos, tales como papel higiénico, toallas de papel de cocina, servilletas de papel, pañuelos de papel, algodón absorbente y otros artículos de un solo uso fabricados con algodón o fibras vegetales destinados a la higiene personal o la limpieza.


Este decreto entró en vigor el 1 de septiembre de 2023.





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