El 11 de diciembre de 2024 se publicó el Reglamento de Productos Cosméticos (Restricción de Sustancias Químicas) (Nº 2) de 2024, estableciendo nuevas medidas para proteger la salud pública mediante la restricción del uso de determinadas sustancias químicas en productos cosméticos. Este reglamento, que entrará en vigor el 31 de enero de 2025, introduce importantes cambios en las normativas aplicables a productos cosméticos en Inglaterra, Gales y Escocia.
1. Citación y Aplicación
El reglamento puede citarse como "Reglamento de Productos Cosméticos (Restricción de Sustancias Químicas) (Nº 2) de 2024".
Su implementación abarca Inglaterra, Gales y Escocia.
2. Modificaciones Clave
Anexo 2:
Ampliación de la lista de sustancias prohibidas en productos cosméticos. Estas incluyen sustancias clasificadas como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción (CMR) de categorías 1A, 1B y 2.
Anexo 3:
Restricciones al uso del ácido kójico, limitándolo al 1% en productos para rostro y manos, debido a riesgos potenciales para la salud humana.
3. Disposiciones Transitorias
Productos que contengan sustancias reguladas podrán comercializarse en ciertos plazos específicos antes de ser retirados:
Sustancias con números de referencia 1680 a 1730: permitidos hasta el 20 de octubre de 2025.
Sustancias con números de referencia 1731 a 1743: permitidos hasta el 2 de marzo de 2026.
Productos existentes afectados por otras restricciones: podrán permanecer en el mercado hasta el 1 de noviembre de 2025.
4. Sustancias Prohibidas y Restringidas
Lista de Prohibiciones (Anexo 2):
Tetrafluoroetileno | Desmedipham (ISO) |
6,6'-di-terc-butil-2,2'-metilendi-p-cresol (DBMC) | Dióxido de telurio |
Piriofenona | Telurio |
Tolpiralato | Fluopicolide (ISO) |
3-metilpirazol | Daminozida (ISO) |
Pydiflumetofen | Benzophenone |
Sedaxane | Acetamiprid (ISO) |
Tiofanato-metilo (ISO) | Dibutilestaño di(acetato) |
Mancozeb (ISO) | Dibutilestaño bis(2-etilhexanoato) |
Disulfuro de triníquel | Cumeno |
1,2-epoxi-4-epoxietilciclohexano | Tetraóxido de diboro de bario |
Isobutilmetilcetona (MIBK) | Quinolamina (ISO) |
Carbendazim (ISO) | Pendimetalina (ISO) |
Dimetomorfo (ISO) | Isoflucypram (ISO) |
1,2,4-triazol | Dimoxistrobina (ISO) |
Flumioxazina (ISO) | Ácido perfluoroheptanoico |
Imazamox (ISO) | Bisfenol S |
Tiametoxam (ISO) | Melamina |
Triticonazol (ISO) |
Sustancias Restringidas (Anexo 3):
Ácido Kójico: Limitado al 1% en productos cosméticos para rostro y manos.
Implicaciones para la Industria Cosmética
Fabricantes y distribuidores deben revisar sus fórmulas para cumplir con las nuevas normativas.
Es crucial realizar análisis químicos y adaptar etiquetas para asegurar el cumplimiento.
Aquellos que utilizan ácido kójico en sus productos deben reformular o limitar su concentración al 1%.
Conclusión
Este reglamento marca un paso significativo hacia la protección del consumidor al establecer criterios más estrictos para la seguridad en productos cosméticos. Aunque representa un desafío para la industria, también asegura una mayor confianza en los productos disponibles en el mercado.
Fuentes:
Legislación Oficial del Reino Unido: Legislation.gov.uk
Grupo Consultivo Científico sobre Seguridad Química
Comments